¿CONOCES EL FORMULARIO DE PAGO DE IMPUESTOS A LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES – IMPBI QUE EMITEN LOS MUNICIPIOS?

Sabemos que el Estado, impone el pago de dinero a toda persona que es dueña de un bien inmueble.  La constancia de ese pago cobrado por los municipios del país, es el denominado Formulario Unico de Recaudaciones (FUR), emitido por el Registro Único para la Administración Tributaria Municipal – RUAT, una Institución Pública Descentralizada, bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas, creada el año 1996.

Hasta enero del 2018, esos formularios tenían un formato diferente: eran de tamaño media carta, con fondo celeste y detalles en rojo del logo del RUAT y los siguientes campos:

  • Arriba a la izquierda, en un recuadro, se encuentran los datos del Impuesto que corresponde, en este caso,  nos estamos refiriendo al Impuestos a la Propiedad de Bienes Inmuebles – IMPBI. También podría indicar Impuesto Municipal a la Transferencia, del que comentaremos en otro post. Debajo hay una indicación de que el pago es Total o en otros casos, indicará Rectificatorio, cuando se haya pagado posteriormente por algun cambio en los datos catastrales. Debajo, la gestión o año que se está pagando.

  • Arriba al medio, encontrarás el titulo del comprobante y formulario; los datos de la entidad bancaria que recibe el pago y las generales del contibuyente, o sea el dueño del inmueble.

  • Arriba a la izquierda, están los datos del folio al que corresponde ese pago y la fecha del pago.

  • La sigla PMC se refiere al Padrón Municipal de Contribuyente, que es un código con el cual está registrado cada contibuyente en el sistema (informático) tributario municipal.

  • A la mitad del formulario, se detallan datos como: el Número de inmueble con el que está registrado en el sistema informático del municipio y adicionalmente el código catastral.  El catastro es el inventario de los predios urbanos del país y constituye el Sistema Nacional de información de dichos bienes (Reg. Nac. De Catastro, 1991), y por lo tanto cada inmueble cuenta con un identificador, es decir, un código que debe ser un número único e irrepetible; los otros datos hacen referencia al tipo de inmueble (casa, departamento, terreno, local comercial), el área del municipio en el que se encuentra el bien (urbana o rural), su ubicación y a continuación, la valuación catastral del inmueble, tanto del terreno de forma independiente, como de la construcción en base a su tipo (económica, buena) y los servicios básicos que hay en la zona (mientras más hayan, valdrá más).  Esos cálculos los hace el municipio para determinar la Base Imponible, es decir, el valor total del inmueble sobre el cuál se determina el pago del impuesto, que cada año sufre cambios porque normalmente se aprecian. A diferencia del valor comercial que determina un avaluador (ingeniero o arquitecto) para una venta, los valores catastrales son bajos y siempre se expresan en Bolivianos.

  • En los FUR más próximos al 2017, al final del mismo se incluye un código de barras que ayuda a identificar los datos del formulario.

A partir del 2018, el FUR cambia de formato a uno más reducido en tamaño y contenido, porque se imprime en el papel propio de cada entidad financiera, se quitan algunos datos que antes encontrabamos en las gestiones pasadas y se incluye el código de seguridad QR, para que el contribuyente lo verifique de forma fácil y segura mediante la aplicación móvil del RUAT o por el portal web www.ruat.gob.bo, al que los invitamos para conocer más información del estado impositivo de sus inmuebles.

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Calle Franz Tamayo N° 8, casi Av. La Salle (Canal Isuto), entre 2do y 3er Anillo, Santa Cruz, Bolivia.

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